Videovigilancia: Instalación y Requisitos 2025
Preguntas Sobre videovigilancia
- ¿Qué es la videovigilancia?
 - ¿Para qué se puede utilizar la videovigilancia?
 - Protección de datos
 - Videovigilancia a trabajadores
 - ¿Cómo instalar videovigilancia en casa?
 
¿Qué es la videovigilancia?
La videovigilancia es el uso de cámaras, principalmente con fines de seguridad, investigación, asistencia sanitaria o control laboral. Esta actividad implica el tratamiento de datos de carácter personal, regulado por el RGPD y la LOPDGDD. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ofrece una guía detallada sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades.
¿Para qué se puede utilizar la videovigilancia?
La videovigilancia puede tener varios fines, distinguiéndose entre aquellos relacionados con la seguridad y los que no. Algunos supuestos específicos incluyen:
- Fines de seguridad:
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
 - Infraestructuras críticas
 - Espectáculos deportivos
 - Entidades financieras
 - Joyerías, platerías, galerías de arte y tiendas de antigüedades
 - Grabaciones por detectives privados
 - Comunidades de propietarios, viviendas y otros supuestos
 - Entornos escolares
 - Zonas de baño
 
 - Fines diferentes a la seguridad:
- Tráfico: control y acceso a zonas restringidas
 - Centros educativos: grabaciones y fotografías en eventos
 - Sanidad y centros asistenciales
 - Investigación científica
 - Grabaciones de órganos colegiados de las AAPP y asambleas
 
 - Tecnologías emergentes:
- Cámaras “on board”
 - Drones
 
 
Excepciones a la normativa de protección de datos:
- Tratamiento de imágenes en el ámbito personal y doméstico (siempre que no se cedan a terceros y no se utilicen con fines comerciales, políticos o sociales).
 - Tratamiento de imágenes por los medios de comunicación (ejercicio del derecho de libertad de expresión e información).
 - Uso de cámaras simuladas (no hay tratamiento real de datos personales).
 - Promoción turística (si no se identifican personas físicas).
 
Protección de datos
Cuando las imágenes se tratan con fines de seguridad, el RGPD establece obligaciones:
- Legitimación: La finalidad debe estar legitimada por el artículo 6 del RGPD (ej: misión de interés público).
 - Proporcionalidad: Los datos deben ser recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos.
 - Minimización de datos: Los datos deben ser adecuados, pertinentes y limitados. Se considera desproporcionado el uso de videocámaras en vestuarios, taquillas y zonas de descanso.
 - Medidas de responsabilidad proactiva: Cumplir y demostrar el cumplimiento de la normativa, Para profundizar más en este aspecto puedes leerte la entrada sobre Protección de Datos.
 
Videovigilancia a trabajadores
La videovigilancia a trabajadores está permitida y regulada en el artículo 88 del RGPD, que hace referencia al Estatuto de los Trabajadores (artículo 20.3). Se debe avisar previamente a los empleados y a sus representantes legales de la existencia de las cámaras de manera expresa, clara y concisa. Está prohibida la grabación de sonidos y videovigilancia en lugares destinados al descanso o esparcimiento de los trabajadores,
como vestuarios, aseos, comedores y análogos. La grabación de sonido solo será posible si es relevante para los riesgos de seguridad.
La videovigilancia debe cumplir con principios de proporcionalidad y finalidad, asegurando que se utilice únicamente para la protección de bienes o personas. Además, los datos recogidos deben ser tratados de manera segura y confidencial.
Cómo instalar videovigilancia en casa
El tratamiento de imágenes en el ámbito personal y doméstico está exento de la normativa de protección de datos (siempre que no se cedan a terceros ni se usen con fines comerciales, políticos o sociales).
Sin embargo, viviendas unifamiliares y mirillas digitales pueden estar sujetas a la normativa en determinados supuestos:
- Si las cámaras captan imágenes de entradas, fachadas o medianería, se aplicará el RGPD.
 - Si las cámaras están conectadas a una central de recepción de alarmas, las empresas de seguridad privada deben cumplir con la Ley 5/2014.
 - Las mirillas digitales que reproduzcan y/o graben imágenes están sujetas al reglamento.
 
Si estás pensando en instalar una cámara o crees que se está violando tu derecho a la intimidad, no dudes en consultarnos.
Imagen: Freepik






